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Radio Líder Santiago – 97.7Fm Santiago de Compostela
today11 noviembre, 2023
El anteproyecto de ley que regulará el consumo de bebidas energéticas entre menores de edad en Galicia, especifica que esta población no podrá consumir, transportar y poseer bebidas energéticas.
Suministrar o inducir al consumo de estos estimulantes a los menores de edad se considera una infracción grave, al igual que su venta a través de máquinas expendedoras o en los lineales de los comercios, cuando no estén separados de los refrescos en espacios específicos y diferenciados.
Estos incumplimientos acarrearán una sanción de entre 3.005 y 15.025 euros. Las multas correspondientes a faltas leves y graves podrán ser sustituidas por programas preventivos o asistenciales que promueve la consejería de Sanidad, como trabajos en beneficio de la comunidad o cursos formativos y de sensibilización.
La venta y la comercialización de bebidas energéticas a niños y adolescentes también puede ser una falta muy grave, así como la ausencia de un etiquetado en sus envases que advierta de su carácter perjudicial. En estos casos, las multas oscilarán entre los 15.025 y los 601.012 euros.
Al igual que ocurre con el suministro de alcohol, los trabajadores de los establecimientos deberán solicitar el documento oficial que acredite la edad de la persona que pretenda comprar una bebida energética, salvo que no existan dudas.
En los locales que se vendan estos estimulantes tiene que haber un cartel visible que anuncie las prohibiciones y se restringirá la promoción de estas bebidas (2×1, premios, barra libre, etc.) en establecimientos donde estén autorizadas para mayores de edad, con el objetivo de evitar un excesivo y descontrolado consumo.
Escrito por Líder Redacción
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